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Requisitos legales para puertas accesibles según la ADA

Acceso sin barreras: Cumpliendo con la ley de estadounidenses con discapacidades.


La ley sobre estadounidenses con discapacidades (ADA) establece normas claras para asegurar que las personas con discapacidades puedan acceder a diversos lugares y servicios. Estos requisitos se aplican a una amplia gama de empresas y edificios públicos. A continuación, exploramos los requisitos específicos para puertas accesibles y cómo cumplir con estas normativas para promover la inclusión.

Requisitos básicos

La ADA cubre una variedad de entidades privadas y agencias gubernamentales, exigiendo que estos lugares proporcionen acceso adecuado a sus programas, productos y servicios. Los edificios construidos después del 26 de enero de 1992 deben ser completamente accesibles. Aquellos construidos antes de esa fecha deben realizar modificaciones razonables para eliminar barreras de acceso, siempre que sea fácilmente realizable.

Puertas accesibles: normativas y consideraciones

¿Qué puertas deben ser accesibles?

  • Entradas accesibles: Al menos el 60% de las entradas públicas en nuevas construcciones.

  • Espacios de inquilinos: Cada espacio de inquilino en centros comerciales u otros edificios con múltiples inquilinos.

  • Cuartos y espacios internos: Dentro de edificios accesibles.

  • Entradas desde estructuras auxiliares: Como estacionamientos, túneles o pasillos elevados.

  • Entradas restringidas o de seguridad: Donde sea aplicable.

  • Rutas de evacuación: Debe haber una ruta de escape accesible en cada edificio.

  • Rutas internas: Puertas que conectan diferentes rutas transitables dentro de una instalación.

Aspectos comunes en puertas accesibles

  • Ancho de espacio libre: Las puertas deben proporcionar al menos 32 pulgadas de espacio libre.

  • Manillas: No deben requerir más de 5 libras de fuerza para operarlas y deben ser utilizables con una mano sin necesidad de apretar, pinchar o torcer la muñeca.

  • Umbrales: No pueden ser mayores de ½ pulgada de alto en puertas accesibles. Umbrales mayores de ¼ de pulgada deben ser biselados.

  • Espacio para maniobrar: Debe haber suficiente espacio para que las personas en sillas de ruedas puedan acercarse, alcanzar y maniobrar a través de la puerta.

  • Velocidad para cerrar: Las puertas que se cierran automáticamente deben tomar al menos 5 segundos para cerrar desde 90 grados hasta 12 grados del pestillo.

  • Fuerza: Las puertas interiores deben requerir no más de 5 libras de fuerza para abrirse.

  • Superficies lisas: Las puertas giratorias deben tener una superficie lisa en el lado de empuje hasta 10 pulgadas del suelo para evitar que dispositivos de movilidad se enganchen.

Cumplir con los requisitos de accesibilidad de la ADA no solo es una obligación legal, sino también un paso esencial hacia la creación de un entorno más inclusivo y acogedor para todos. Implementar estos requisitos puede mejorar significativamente la experiencia de las personas con discapacidades, promoviendo la igualdad de acceso y oportunidades.


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